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miércoles, 2 de junio de 2010

Righi pidió revocar el fallo que frenó la Ley de Medios (y ahora es el turno de la Corte)

Righi pidió revocar el fallo que frenó la Ley de Medios (y ahora es el turno de la Corte)

La Procuración General de la Nación consideró que debe "revocarse la medida cautelar" dispuesta por la Cámara Federal de Mendoza contra la Ley Federal de Servicios Audiovisuales, pero su decisión no es vinculante. Ahora le toca a la Corte Suprema expedirse sobre dicho recurso.
Ley de Medios: Ahora el procurador del Tesoro le da tiempo hasta junio a la Corte Suprema

CIUDAD DE BUENOS AIRES (Urgente24) La Procuración General de la Nación consideró que debe "revocarse la medida cautelar" dispuesta por la Cámara Federal de Mendoza contra la Ley Federal de Servicios Audiovisuales, según un dictamen difundido este mediodía.

El procurador Esteban Righi consideró que el diputado Enrique Thomas -que solicitó la declaración de inconstitucionalidad de la norma- "carece de legitimación para iniciar el juicio de amparo" por entender que "los legisladores no tienen legitimación para atacar actos legislativos".

Este dictamen es clave para que la Corte Suprema defina sobre el recurso que presentó el Gobierno nacional para que se destrabe la aplicación de la norma. De todos modos, la posición de Righi no es vinculante.

Ahora la Corte tratará únicamente el expediente originado en la jueza Olga Pura de Arrabal y no fallos de otros juzgados, ya que la jueza mendocina fue la única que decidió la suspensión de la aplicación total de la Ley.

De acuerdo con la información suministrada por el sitio oficial, la Procuración General de la Nación consideró que:

a) El diputado Thomas carecía de legitimación para iniciar el juicio de amparo, tanto en su carácter de legislador como de ciudadano o de supuesto representante de los ciudadanos. En particular, recordó que, como principio, los legisladores no tienen legitimación para atacar actos legislativos, pues si ello se admitiera se violaría el juego democrático de mayorías y minorías en el Congreso. En efecto, de permitirse que un legislador que ha votado, por ejemplo, en contra de una ley se presente después ante la Justicia en su calidad de tal para solicitar que se la invalide, ello transformaría al Poder Judicial en un órgano legislativo, lo cual siempre ha sido descartado por ser violatorio del principio de división de poderes.

b) Es inadmisible que un tribunal de justicia dicte una decisión suspensiva de una ley con efectos generales, y que se deben al modo, también inadmisible, con el que fue iniciado este juicio que nunca debió merecer una decisión más que la referida a la falta de legitimación ya examinada, máxime en un sistema como el argentino en el que las sentencias tienen, en principio, sólo efectos entre las partes (arts. 116 de la Constitución Nacional y 2° de la Ley 27).

c) Al haber admitido la medida cautelar solicitada, el tribunal que la dictó soslayó abiertamente la jurisprudencia de la Corte federal según la cual lo relativo al proceso de formación y sanción de las leyes, al constituir una atribución propia de los dos poderes constitucionalmente encargados de ello (arts. 77 a 84 de la Constitución Nacional), resulta, por regla general, ajeno a las facultades jurisdiccionales de los tribunales, con excepción de los supuestos en que se ha demostrado fehacientemente la falta de concurrencia de los requisitos mínimos e indispensables que condicionan la creación de la ley.

En tanto, el organismo oficial estableció que "también es inadmisible que se impugne el trámite impreso a la sanción de una ley, con las imprecisiones con las que lo ha realizado el impulsor de la medida y que, sobre esas endebles bases se haya dispuesto la suspensión de su aplicación, cuando reiteradamente la Corte ha dicho que frente a la presunción de legitimidad de que gozan los actos legislativos es necesario impugnarlos sobre bases claramente verosímiles para que esa presunción se destruya y se los pueda declarar ilegítimos".

"Además, el diputado contaba con vías para obtener que cesaran las supuestas irregularidades, según lo dispuesto en el Reglamento de la Cámara de Diputados, que no alegó haber seguido, por lo que el amparo es inadmisible y también cualquier decisión judicial que supliera la voluntad del Congreso y la inactividad del diputado Thomas en el recinto legislativo", se indicó.
FUENTE:URGENTE 24

jueves, 24 de septiembre de 2009

¿DONDE ESTA EL SIP( SOCIEDAD INTERAMERICANA DE PRENSA)PARA REPUDIAR LOS CIERRES DE CANAL 36 Y RADIO GLOBO POR LA DICTADURA DE HONDURAS?


¿DONDE ESTA EL SIP( SOCIEDAD INTERAMERICANA DE PRENSA)PARA REPUDIAR LOS CIERRES DE CANAL 36 Y RADIO GLOBO POR LA DICTADURA DE HONDURAS?
La sociedad que agrupa a los patrones de los medios en america latina no se expidieron sobre la censura que se esta produciendo en Honduras por la dictadura de micheletti.
Supuestamente defienden los sagrados valores de la libertad de expresion,del rechazo a cualquier intervencion estatal en los medios de comunicacion,pero llama poderosisimamente la atencion por que no repudian con el mismo enfasis que lo hacen contra Chavez y Kirchner con la dictadura de Micheletti.
¿O es que hay buenas y mals dictaduras de acuerdo con el color politico a que respondan?
¿Por que el gobierno de Hugo Chavez es una dictadura y no la de Honduras?
El SIP ,ante esta situacion ,pierde credibilidad y de este modo por que tuvieron buenas relaciones con regimenes tan sangrientos como el de Jorge Videl en Argentina y Augusto Pinochet en Chile.
Hay que recordar que en 1980,en el marco del SIP,unos de sus jerarcas maximos en esos años ,el dueño de El Dia de La Plata,salio en defensa de la dictadura militar en Argentina ante las duras acusaciones que habia hecho Jacobo Timermman momentos despues de ser liberado.
Hoy a la mañana la unica radio opositora del regimen Hondureño fue levantada del aire,Radio Globo,que encabezaba una dura resistencia a la dictadura.
En argentina,ningun medio reflejo tal censura,pero si advierte todo el dia sobre los peligrosa que seria el sancionar una nueva ley de medios que reemplazaria al decreto de 1980 emitida por Videla.
El caso Honduras refleja la claridad ideologica de los medios masivos en argentina.
La Nacion,Clarin y La Prensa en vez de poner el expulsado presidente Zelaya ponen en su lugar el "depuesto".¿Por quien?.¿pOR Una dictdura?
Varios legisladores todavia acuden al SIP,unos infames derechistas que avalan dictaduras fachistan pero repudian a las progresistas,avalando o dando a publicidad sus raices ideologicas fachistas
Entonces,¿El SIP cuando repudiara los atentados contra la libertad de prensa en Honduras?.La respuesta es nunca,por que hay dictaduras buenas y otras malas(si escuchan a sus pueblos y no a monopolios).
Marcelo Bianchi.25404267.