viernes, 30 de enero de 2009

Clientes de EDESUR con un solo medidor no deberán pagar el aumento

Clientes de EDESUR con un solo medidor no deberán pagar el aumento

A través de una nota, el ENRE les recordó a las compañías eléctricas las excepciones del pago del incremento tarifario y amplió estas facilidades a las viviendas que, dentro de un mismo terreno, tengan un solo medidor y a las que posean en anexo una actividad comercial. Lo mimo corre para Edenor y Edelap.

En este aspecto, la notificación del Ente Nacional de Regulación de la Electricidad (ENRE) dispuso que las distribuidoras de electricidad deberán exceptuar del aumento a los usuarios residenciales que dispongan de "viviendas con múltiples hogares y un solo medidor o de viviendas con anexo de actividad comercial (pequeños comercios, talleres de oficios, etc.)".

Para ambos casos, los usuarios deberán pagar la factura del bimestre anterior y las compañías contarán con un plazo de 60 días para proceder a habilitar nuevos suministros por separado, hogar y/o actividad comercial.

Desde hace un tiempo, las distribuidoras están bonificando la separación de medidores a un costo de $ 15,10 sobre un valor normal de $ 104,10.

Además, el ENRE les reiteró a las empresas que deberán continuar con la excepción del pago del incremento tarifario a los usuarios residenciales que carezcan de servicio de agua potable o gas natural en red y a los electrodependientes.

El ente también instruyó a las distribuidoras para que a los usuarios que estén exceptuados de dicho incremento y que hayan pagado el mismo en la última factura, se les compute la diferencia abonada como crédito a su favor, a reintegrarse en las próximas boletas de electricidad.

HEG El ENRE también notificó que para aquellos usuarios residenciales cuyas condiciones normales y generales de la vivienda única no poseen servicio de agua corriente o gas natural por red domiciliaria, que hayan pagado el total facturado a los valores del anterior cuadro tarifario e iniciado el trámite de excepción, éste se debe considerar como cancelatorio.

No hay comentarios:

Publicar un comentario